Playlist: La patria es su música

Ilustración Laura Llópiz y Pepe Ménendez

Por  Magazine AM:PM

La música es el corazón de la cultura cubana. No hay ninguna otra expresión cultural en el país que tenga su alcance, profundidad,  penetración, y capacidad de influencia social. La música cubana no es una forma de explicar a Cuba, es una explicación per se: sus estructuras, sus sonoridades, sus motivos, sus instrumentos, son ya explicaciones en sí mismas de lo cubano.

Cantarle a la “gentil bayamesa”, por Céspedes, Castillo y Fornaris, fue sinónimo de cantarle a Cuba. Una canción romántica devino así himno patriótico. La invasión de Oriente a Occidente, en la guerra del 95, no transportó solo hombres y armas. Permitió el cruce de sonidos, composiciones, estructuras musicales a lo largo de todo el país. 

El pueblo cubano nacido de esa gesta se formó tanto en la carga al machete como en las noches de campamento alrededor de una guitarra, en la que escuchaba sonidos provenientes de “las opuestas regiones” de Oriente y Occidente.

Martí escogió la ópera Carmen para la educación sentimental de María Mantilla, una obra donde la protagonista asegura que “libre nació y libre ha de morir”. 

El tarareo de una canción es casi siempre el murmullo tumultuoso de la historia cubana, sea dicho en serio, como pasa con “fuego, candela, se quema La Maya”, o sea dicho en clave como sucede con “lleva en su alma La Bayamesa”.

La formación del pueblo cubano tiene varias fuentes —el barracón, el comercio urbano, la “manigua redentora”—, pero fue la música la que consiguió dar el primer y definitivo lenguaje a la vastísima diversidad de influencias que gestaron “lo cubano”. 

Con esa historia, no es casual que el grueso de los combates ideológicos nacionales, en cualquier época, desde Guáimaro hasta 2021, desde La Bayamesa hasta Patria y vida, pasando por 1902, 1912, 1933, 1959, 1970, y un enorme etcétera, tengan siempre un registro musical.

No hay patria sin virtud, decía Félix Varela. Tampoco hay patria, en Cuba, sin música. Y esa es también su virtud: el calado de esa música es proporcional a su compromiso entero con el pueblo cubano, en haberle sabido cantar, como decía Sindo Garay, al grito de la patria, ese lema, esa religión. 

Esta playlist curada por Magazine AM:PM recoge ese compromiso. Con conciencia de su diversidad, transita por una enorme escala de géneros, motivos y composiciones. A todos los temas los recorre una misma pasión, a la vez política y cultural, que es punto de partida tanto como de encuentro: Cuba como rapsodia, con tantas partes distintas entre sí que pueden unirse libremente, y, a la vez, escucharse en conjunto. (Julio César Guanche)

El  Derecho y los derechos frente a la protesta y la diversidad sociales en Cuba

Foto: Julio César Guanche

Por Julio César Guanche y Harold Bertot Triana

Preparamos aquí, en forma de preguntas y respuestas, un breve panorama de problemas del Derecho, generales y particulares, y contextualizados para el caso cubano, respecto a cómo lidiar con la protesta social, cómo reconocer diversidades ideológicas y cómo interpretar la Constitución desde el punto de vista de la universalidad y la interdependencia de los derechos, principios que la propia Constitución cubana vigente establece.

Entendemos que se trata de un conocimiento socialmente útil, y sobre todo de una discusión necesaria, para contribuir a informar los debates que están teniendo lugar en Cuba sobre estos campos.

Los temas que tratamos son: la desobediencia civil, el delito de desacato, las condiciones del derecho a la defensa del Estado, los requisitos para poder “resistir” el Derecho, el problema de los derechos y las mayorías, las condiciones de ejercicio del derecho de manifestación en el ordenamiento cubano, y cuáles tipos de interpretación de la Constitución cubana garantizan el ejercicio pleno y eficaz de los derechos como conjunto interdependiente entre sí.

¿Existe algo así como un “derecho” a resistir el Derecho? ¿Existen derechos de las mayorías frente a los derechos humanos?

Podemos encontrar un creciente consenso crítico en reconocer que existe el derecho a resistir el derecho. Allí donde hay una injusticia, el cumplimiento de la ley se considera una humillación. Si una norma invade derechos, no tiene moralidad para reclamar su cumplimiento.

Castigar un acto político que cuestiona un contenido del Derecho vigente como injusto no es un bien mayor que el desarrollo de los derechos humanos —un lenguaje con el que se compromete la Constitución cubana vigente— y del discurso público crítico. Castigar ese tipo de actos tiene que guardar entonces proporcionalidad para proteger esos bienes mayores.

El miedo que genera el castigo, el despliegue de discursos de odio sobre la base de creencias ideológicas y la exclusión de expresiones políticas, comprometen esos bienes mayores.

La justicia es una motivación democrática. Mantener abierto el espacio para redefinirla es parte de ella. Por lo mismo, es una motivación revolucionaria para intervenir críticamente sobre un contenido del Derecho existente que, argumentadamente, se pueda calificar de injusto.

Esa lógica defiende el nacimiento de nuevos derechos, o de visiones más revolucionarias de derechos ya consagrados, y se pronuncia por la defensa ampliada de derechos.

Por ese camino, el constitucionalismo progresista nacido después de la segunda posguerra mundial, enfrentando los horrores del nazismo, construyó una malla de protección a los derechos, que entendió como conquistas “irrenunciables”.

En esa lógica se encuentran nociones garantistas del Derecho como las de “la esfera de lo indecidible» de Luigi Ferrajoli, el “coto vedado” de Ernesto Garzón Valdés y el “territorio inviolable” de Norberto Bobbio. No son nociones idénticas entre sí, pero tienen algo en común: existen derechos frente a las mayorías. En este horizonte, el criterio de mayorías no es un argumento válido como fundamento para invalidar, anular o hacer inoperante derechos esenciales o fundamentales.

Nociones como las mencionadas -entre otras- protegen la categoría de los derechos humanos de modo muy especial. Estos son inviolables debido a que no se pueden suprimir ya no solo por parte del Estado, sino tampoco por parte de ninguna mayoría social.

Necesitamos ser precisos con esto: se pueden plebiscitar un tipo de derechos a partir del principio de mayorías -como ha sucedido en otros países respecto al acceso agua y a la propiedad sobre algunos recursos-, pero no se pueden plebiscitar derechos humanos, sin importar para ello la mayoría que se les pueda oponer. Si se plebiscitan dejan de ser “humanos”, esto es, para todos los que compartimos tal género.

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La evolución del poder en la revolución  cubana, Juan Valdés Paz (pdf)

El propósito de este estudio es realizar un examen de la constitución y evolución del poder político y social de la Revolución Cubana. El primer tomo abarca tres periodos: de 1959 a 1962, de 1964 a 1974 y de 1975 a 1991. El segun­do tomo retoma el proceso y culmina en nuestros días.

Juan Valdés Paz, sociólogo, integrante del consejo editorial de la revista Pensamiento Crítico y durante dos décadas miembro del Centro de Estudios sobre América. Por la obra de su vida, recibió el Premio Nacional de Ciencias Sociales. Entre otros libros suyos, pueden consultarse La Transición Socialista en Cuba (1993), Procesos Agrarios en Cuba, 1959-1995 (1997), El proceso de organización agraria en Cuba. 1959-2007 (2009)El espacio y el límite. Ensayos sobre el sistema político cubano (2010) y La evolución del poder en la Revolución Cubana (2018), en dos tomos.

Con permiso expreso del autor, La Cosa pone a disposición, por vez primera en internet, para descarga gratuita en pdf: La evolución del poder en la revolución  cubana (dos tomos)

Descargar La evolución del poder en la revolución  cubana tomo I

Descargar La evolución del poder en la revolución  cubana tomo II